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El procedimiento extraordinario vuelve a activarse
El Ministerio de Sanidad ha reanudado la firma y expedición de los títulos de Especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias tras finalizar los recursos judiciales relacionados con el Real Decreto 610/2024.
La suspensión cautelar acordada por el Tribunal Supremo en octubre de 2024 afectaba únicamente a la fase final de resolución y expedición, pero no al resto del procedimiento administrativo.
¿Qué ha ocurrido exactamente?
En octubre de 2024, el Tribunal Supremo acordó la suspensión cautelar de la fase final del procedimiento extraordinario, afectando a la resolución de solicitudes y expedición de títulos.
Tras las sentencias firmes dictadas en 2025, desaparece la causa de suspensión y el Ministerio puede continuar con la tramitación administrativa conforme a la normativa vigente.
¿Quiénes recibirán el título directamente?
Recibirán notificación electrónica a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas y Comunicaciones (SNEC) aquellos solicitantes con:
- Informe-propuesta favorable de la Comisión Nacional de la Especialidad
- Cumplimiento íntegro de los requisitos del acceso directo establecidos en la disposición transitoria primera.
- Acreditación de 6.160 horas (en jornada ordinaria completa) equivalentes a 4 años de ejercicio profesional
La expedición se realizará de manera gradual en las próximas semanas.
¿Quién deberá realizar prueba teórico-práctica?
Los solicitantes con valoración favorable condicionada deberán superar una prueba teórico-práctica.
La convocatoria se publicará en la web del Ministerio en un plazo máximo de seis meses desde la aprobación del nuevo programa formativo de la especialidad.
Nueva apertura de plazo tras la sentencia del Supremo
Tras la Sentencia 552/2025 del Tribunal Supremo, el Ministerio abrirá próximamente un nuevo plazo para profesionales que no pudieron acreditar determinados requisitos en la convocatoria inicial.
La resolución será publicada por la Dirección General de Ordenación Profesional.
Unidades válidas para el cómputo de actividad profesional
Solo se reconocerá actividad realizada en:
- U.100 (Transporte Sanitario) en centros C2.5.7
- U.68 “Urgencias” en centros C1.1 (Hospitales Generales)
⚠️ No computan:
- Puntos de Atención Continuada (PAC)
- Actividad profesional en el extranjero
- Tiempo trabajado posterior al 3 de julio de 2024
- Actividad previa al reconocimiento de título extracomunitario
¿Qué ocurre con los residentes actuales?
Los médicos en formación deberán esperar convocatoria específica dentro de los 9 meses posteriores a la finalización de la primera promoción oficial de la especialidad.
¿Se puede hacer pasarela desde Medicina Familiar?
Sí, pero:
- 5 años de ejercicio acreditado
- Superación de prueba
- 2 años adicionales de formación en residencia
Actualmente no hay convocatoria abierta para esta vía.
Impacto para el Sistema Nacional de Salud
La reactivación del procedimiento refuerza el reconocimiento profesional de quienes desarrollan su labor en el ámbito de la atención urgente y emergente, consolidando definitivamente la Especialidad de Medicina de Urgencias y Emergencias como estructura formativa propia.
Desde casiMedicos seguiremos informando de la nueva apertura de plazo y de la convocatoria de prueba práctica. Si trabajas en urgencias y estás pendiente del acceso extraordinario, te recomendamos revisar periódicamente la sede electrónica del Ministerio.
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