Convocatoria sanidad militar 2013

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Médico militar
Médico militar

Convocadas 10 plazas por vía directa y 10 para cambio de cuerpo (procedentes del ejército.)

Requisitos de los aspirantes

1. Generales: Para ser admitidos a la realización del proceso de selección los aspirantes deberán poseer, en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los requisitos que a continuación se relacionan.
Dichos requisitos deben mantenerse hasta el momento de la incorporación al centro docente militar de formación.
1.1. Nacionalidad española.
1.2. Tener cumplidos o cumplir en el año de la presente convocatoria los dieciocho (18) años y no cumplir ni haber cumplido en el año 2013 las siguientes edades:
a) Ingreso directo, veinte (20) años.
b) Promoción para cambio de escala o cuerpo: militares de carrera y militares de tropa y marinería, veintisiete (27) años.
1.3. No estar privado de los derechos civiles.
1.4. Carecer de antecedentes penales. En la solicitud de admisión en el proceso de selección (apéndice 1), el aspirante deberá cumplimentar el apartado correspondiente, indicando si autoriza al Ministerio de Defensa a solicitar de oficio del Registro Central de Penados la certificación, comprobación o verificación de que carece de antecedentes penales. En caso contrario, si opta por no conceder esta autorización, deberá aportar con la documentación de solicitud el certificado de que carece de antecedentes penales expedido por el referido Registro.
1.5. No hallarse procesado o imputado en procedimiento judicial por delito doloso.
1.6. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, de los órganos constitucionales o de los órganos estatuarios de las comunidades autónomas ni hallarse
inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de las funciones públicas.
1.7. No haber causado baja de un centro docente militar de formación por los motivos establecidos en el artículo
71.2.c) y d) de la Ley 39/2007.
1.8. No haberse resuelto su compromiso de vinculación profesional con las Fuerzas Armadas como consecuencia de un expediente de insuficiencia de facultades profesionales o de condiciones psicofísicas.
1.9. No podrán participar en los procesos de selección para cursar enseñanzas del mismo nivel y características, aquellos que hayan causado baja en un centro docente militar de formación por el motivo establecido en el artículo
71.2.b) de la Ley 39/2007.
1.10. En la forma de ingreso directo, carecer de tatuajes que contengan expresiones o imágenes contrarias a los valores constitucionales, Autoridades, virtudes militares, que puedan atentar contra la disciplina o la imagen de las Fuerzas Armadas en cualquiera de sus formas, que reflejen motivos obscenos o inciten a discriminaciones de tipo sexual, racial, étnico o religioso. Así mismo, no son permitidos los tatuajes que pudieran ser visibles vistiendo las diferentes modalidades de los uniformes de las Fuerzas Armadas, no especiales, cuya denominación, composición y utilización se recoge en la Orden Ministerial 6/1989, de 20 de enero.
2. Específicos de titulación. Estar en posesión de alguno de los siguientes documentos, en los plazos que se indican en la base cuarta:
2.1. Ingreso directo.
a) El documento oficial acreditativo de haber superado la prueba de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado (PAU).
b) En el caso de alumnos procedentes de sistemas educativos de otros países, presentar la credencial de
convalidación de la prueba de acceso del país origen con la prueba de acceso a la Universidad española.

2.2. Ingreso por promoción.
a) El documento oficial acreditativo de haber superado la prueba de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado (PAU).
b) Prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años prevista en el artículo 69.6 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.
c) Título de técnico superior de formación profesional, técnico superior de artes plásticas y diseño, o técnico deportivo superior a que se refieren los artículos 44, 53 y 65 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, o títulos equivalentes.

fuente y mas información

http://www.boe.es/boe/dias/2013/05/20/pdfs/BOE-A-2013-5280.pdf

gracias a Mateo232

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