visa de turista o visa de trabajo

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visa de turista o visa de trabajo

chio175

Nuevo Miembro
Hola, me encuentro trabajando en España, quisiera saber cuales son las ventajas de postular al MIR 2012 con visa de trabajo, es mejor que postular con visa de turista? en relacion con las modificaciones dadas en la ultima convocatoria, alguien que tiene visa de trabajo puede postular al 90% de las plazas o postula por el 10% de las plazas?
Muchas gracias por la respuesta.
 
Con visa de trabajo no estás afectada por el cupo, con visa de estudios y con visa de turista si.

Saludos!
 
Hola Gangas,

aunque ya soy residente quisiera preguntarte y confirmar sin con visados de turista o sin él (ciudadanos latino de algunos paises que entramos a españa solo con el pasaporte) se puede hacer el mir este año y cual ha sido el cambio mas significativo en ese aspecto, es que no tengo tiempo para seguir los foros ...

un saludo
 
1.- Un extracomunitario puede hacer el MIR siempre que su país tenga un tratado que lo especifique con España.
2.- Según la situación administrativa en España de ese extracomunitario le afectará o no el límite del denominado cupo de extranjeros.
3.- El cupo no afecta a los extracomunitarios asimilados a españoles o comunitarios, a los extracomunitarios con permiso de RESIDENCIA temporal o definitivo por trabajo o por otras causas que se puedan dar según la legislación vigente.
4.- El cupo afecta a los extracomunitarios con permiso de ESTANCIA por estudios, independientemente de su duración y prórrogas, y a los que vienen a examinarse directamente desde su país de origen con visa de turista o sin visado por estar establecido en tratado.

5.- Los residentes que no estuvieran en España con anterioridad a serlo con permiso de RESIDENCIA, temporal o definitiva, deberán regularizar su situación, coforme esté previsto en la legislación vigente, y obtener el permiso de ESTANCIA por estudios y esa será su situación durante la misma con diferentes prórrogas hasta su finalización o suspensión, si ya estuvieran en España con permiso de ESTANCIA por estudios, en el momento de tomar posesión de la plaza en el hospital o unidad docente, deberán de prorrogar su permiso de ESTANCIA por estudios regularizando la causa de los estudios, en este caso la residencia.

Saludos!

Nota.- No es lo mismo RESIDENCIA que ESTANCIA, los permisos por estudio son ESTANCIAS por el tiempo que duren los estudios con las correspondientes prórrogas.
Los permisos de trabajo temporal o definitivo son permisos de RESIDENCIA por el tiempo que corresponda.
La naturaleza del MIR con la institución que le da formación es una relación especial regulada en dos decretos (el laboral y el formativo), primando la naturaleza de FORMACIÓN, independientemente de que sea retribuido y que se cotice a la SS y a Hacienda, y esa es la causa, hoy por hoy, de que se considere ESTANCIA por estudios.

Me he limitado a informar según mi leal saber y entender, el contenido de la información no tiene nada que ver con lo que yo piense, o no, que es lo que debe de ser, al margen de que mi opinión personal no serviría para nada, excepto para crear debate.
 
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