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http://66.102.9.104/search?q=cache:FtTF4GeJQRUJ:www.lasprovincias.es/valencia/prensa/20070916/economia/tengo-mano-dura-guante_20070916.html+mir+barraquer&hl=es&ct=clnk&cd=3&gl=es
http://gofiococido.blogspot.com/2007/05/el-mir-de-este-ao.html
http://gangasmir.blogspot.com/2008/04/plazas-asignadas-en-centros-privados.html
http://www.boe.es/boe/dias/2007/09/19/pdfs/A38173-38208.pdf
Condiciones generales homologadas a los hospitales de titularidad privada que se citan, para ejercer el derecho a prestar conformidad a los aspirantes a las plazas que se ofertan en estas pruebas selectivas.
Centro médico CETIR. Barcelona
Primera.- El aspirante deberá obtener la puntuación necesaria en la prueba nacional de selección.
Segunda.- Carta de solicitud dirigida a la Secretaría del Centro, adjuntando expediente académico y curriculum.
Tercera.- Los aspirantes serán convocados a una entrevista personal con los Directores y la Comisión de Docencia del Centro.
Instituto Dexeus. Barcelona
Primera.- Que el interesado obtenga la puntuación necesaria en la prueba de selección del examen nacional.
Segunda.- Haber solicitado plaza en este Centro después de haber sido convocada por el mismo.
Tercera.- Selección de los candidatos de acuerdo con el expediente académico y entrevista personal.
Centro de Oftalmología Barraquer. Barcelona
Primera.- El aspirante deberá haber superado la prueba nacional selectiva y haber quedado clasificado con derecho a cursar sus estudios de especialización.
Segunda.- Deberá obrar en la Secretaría del Centro con anterioridad suficiente a la adjudicación de plazas una carta de solicitud acompañada del expediente académico y curriculum.
Tercera.- No deberá tener incapacidades físicas o de cualquier orden, que le impidan en el futuro el normal ejercicio profesional de la especialidad.
Cuarta.- Se convocará a los aspirantes a una entrevista examen, a partir de cuyo resultado se determinará la aceptación del candidato, entregándole, en su caso, el documento de conformidad.
Clínica Universitaria de Navarra (Pamplona)
Primera.- El documento acreditativo de la conformidad expresa, el nombre del solicitante y la especialidad concreta para la que se concede la conformidad de la admisión. Esta conformidad sólo es válida para la especialidad o especialidades correspondiente consignadas en dicha acreditación.
Segunda.- Son requisitos para la concesión de esta acreditación:
a) Que el solicitante haya formulado una solicitud escrita dentro del plazo de Convocatoria.
b) Que haya confirmado la solicitud mediante entrevista personal con la Comisión de Docencia de la Clínica.
Tercera.- En esta entrevista se estudia de común acuerdo la especialidad más adecuada a las aptitudes y deseos del solicitante quien, en definitiva opta por una de las distintas especialidades que hizo constar en su solicitud inicial.
Cuarta.- No se concede la acreditación a quienes opten por una especialidad a la que hayan optado ya otros candidatos que tengan mejor derecho, por haber obtenido un número más bajo en la prueba nacional.
Quinta.- A todos los solicitantes se les informa asimismo sobre las normas vigentes en la Clínica Universitaria y las características del trabajo científico y docente en este Hospital Universitario, que les podrían incumbir si se incorporan a él.
Sexta.- Salvo lo expresado en el apartado cuarto no se ha negado a ningún solicitante la acreditación.
Séptima.- Las plazas convocadas respecto a las cuales no se haya presentado ningún solicitante y, por tanto, no se expida acreditación, quedarán desiertas.
Instituto Valenciano de Oncología. Valencia
Primera.- El aspirante deberá haber superado la prueba nacional selectiva y haber quedado clasificado con derecho a cursar sus estudios de especialización.
Segunda.- Deberá obrar en la Secretaría del Centro, con anterioridad suficiente a la adjudicación de plazas, una solicitud acompañada del expediente y curriculum del interesado.
Tercera.- Los aspirantes serán convocados a una entrevista personal con los Directores y la Comisión de Docencia del Centro.
Cuarta.- El interesado no padecerá incapacidad física o de cualquier orden que le impida en el futuro el normal ejercicio de su profesionalidad.