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Impugnación preguntas del examen MIR 2022

Impugnación preguntas del examen MIR

Impugnación preguntas del examen MIR

El Plazo de presentación de reclamaciones a las preguntas de examen va desde el 2 de febrero al 4 de febrero de 2022.

Posibles Impugnaciones

Actualizadas con las respuestas oficiales provisionales del ministerio.
Estas respuestas reflejan la opinión de aquellos voluntarios que han elegido participar en la Iniciativa MIR 2.0 de respuesta al examen MIR de enero de 2022. (La numeración se corresponde con la Versión 0 del examen)

Impugnación preguntas de Pediatría

cortesía de Ana Isabel (@nytavdiaz) – Pediatría

PREGUNTA IMPUGNABLE LA 86:

86. ¿Cuál de los siguientes NO es indicación de realizar inmunoprofilaxis con palivizumab en un lactante?:
1. Lactante nacido antes de las 29 semanas de gestación en el primer año de vida.
2. Lactante nacido antes de las 32 semanas de gestación con enfermedad pulmonar crónica de la prematuridad en el primer año de vida.
3. Lactante diagnosticado de fibrosis quística de páncreas en el cribado neonatal durante el primer año de vida.
4. Lactante de 12 meses afecto de inmunodeficiencia severa combinada.  

RC: 3

En el twitter de David Andina (@daandina) explica que esta pregunta puede ser impugnable (aporta bibliografía) porque ninguna de las indicaciones que dan son indicaciones en España:

La opción 1 no es indicación de inmunoprofilaxis de acuerdo a las Recomendaciones de la Sociedad Española de Neonatología para la utilización de palivizumab de 2019

Recomendación de profilaxis con palivizumab en prematuros sin DBP ni cardiopatía congénita (3, 10) 
Edad gestacional≤28+6 días y edad≤9 meses al inicio de la estación VRS 
Edad gestacional 29+0 a 31+6 días y≤6 meses al inicio de la estación VRS 
Edad gestacional 32+0 a 34+6 días que reúnan los 2 criterios mayores: edad menor de 10 semanas al inicio de la estación VRS (nacidos a partir del 6 de agosto inclusive) y con al menos un hermano que acude al colegio o guardería 
Recomendación de profilaxis con palivizumab en pacientes con DBP (3, 10) 
Todos en el primer año de edad cronológica 
En el segundo año es recomendable hacer profilaxis en aquellos en los que persista necesidad de tratamiento médico o se considere adecuado debido al alto riesgo del paciente definido por su situación clínica 
Dosis: 15mg/kg en intervalos mensuales durante toda la estación VRS (máximo 5 dosis) 

La opción 3 no se recoge como una indicación de inmunoprofilaxis con palivizumab en España. Para la Academia Americana de Pediatría tampoco: https://pubmed.ncbi.nlm.nih.gov/31239289/

La opción 4 tampoco es en España indicación de inmunoprofilaxis de forma sistemática aunque es este caso esta indicación sí está más extendida en otros países: https://www.analesdepediatria.org/es-infecciones-por-virus-respiratorio-sincitial-avance-S1695403321003817

Impugnación preguntas de Estadística y Epidemiología

cortesía de Francesc Rossello (@cescro) – Estadística

Hola,

por lo que refiere a Epidemiología, ayer en Twitter se discutía que habría que impugnar la 45 por ambigua (justamente lo discuto en mi comentario), y yo creo que hay motivo para impugnar la respuesta que el ministerio da como correcta de la 46 (o de nuevo, impugnarla por ambigua). Si alguien lo necesita, me ofrezco a ayudar; no me retracto de mi respuesta a 46 (y ya añadí la interpretación que seguramente ha usado el ministerio para dar su respuesta).

Cada año es igual, preguntas ambiguas, cómo debe ser en las otras especialidades!

Saludos Cesc

Pregunta 45

En la valoración del riesgo de sesgo en los ensayos clínicos ¿cuál de los siguientes criterios se considera?:

  1. Pérdidas en el seguimiento.
  2. Falta de representatividad de la muestra.
  3. Insuficiente tamaño muestral.
  4. Escasa comparabilidad de los casos y controles.


Respuesta correcta:  1

Comentario @cescro:

Manual Cochrane 8.4.4: Si hay diferencias sistemáticas entre grupos en los abandonos del estudio (y esto incluye las pérdidas durante el seguimiento: 8.13.1), hay riesgo de sesgo de desgaste

Si hay diferencias sistemáticas en las características iniciales de los grupos que se comparan, hay riesgo de sesgo de selección (manual Cochrane 8.4.1). Pero en un ensayo clínico los grupos que se comparan no son «casos» y «controles».

El manual Cochrane no considera la falta de representatividad de la muestra en el riesgo de sesgo de selección (p. 404) però por ejemplo el QUADAS-2 sí. Podría discutirse.

Y el tamaño de la muestra no genera ningún riesgo de sesgo, en todo caso afectará la precisión de los resultados del análisis estadístico.

Pregunta 46


Un ensayo clínico controlado ha evaluado la eficacia de un nuevo antiagregante en pacientes graves con síndrome coronario agudo. En el grupo de tratamiento convencional (control) la mortalidad fue del 10 % en mujeres y del 8 % en hombres. En el grupo de intervención con el nuevo antiagregante, la mortalidad se redujo a la mitad del observado en el control tanto en mujeres como en hombres. En relación con la eficacia del nuevo antiagregante para mejorar la supervivencia según el género, señale la respuesta correcta:

  1. Es más eficaz en mujeres, porque el valor de NNT estimado en mujeres es inferior al de los hombres.
  2. Es más eficaz en hombres, porque el valor de NNT estimado en hombres es superior al de las mujeres.
  3. El nuevo antiagregante es igual de eficaz en mujeres y hombres, porque en ambos casos reduce la mortalidad a la mitad.
  4. Es más eficaz en hombres, porque el valor de NNT estimado en hombres es inferior al de mujeres.


Respuesta correcta: 1

Comentario @cescro: creo que hay motivo para impugnar la respuesta que el ministerio da como correcta (o impugnarla por ambigua). Si alguien lo necesita, me ofrezco a ayudar; no me retracto de mi respuesta (Respuesta correcta: 3) (y ya añadí la interpretación que seguramente ha usado el ministerio para dar su respuesta).

La eficacia de un tratamiento es su capacidad de producir el efecto deseado (en este caso, de evitar la defunción de un paciente graves con síndrome coronario agudo). El Gordis Epidemiology define la eficacia directamente como la reducción relativa del riesgo (pag 222), por lo que según esta definición el nuevo antiagregante es igual de eficaz en hombres y en mujeres.

También es cierto que muchos autores (por ejemplo, el manual de fisterra https://www.fisterra.com/formacion/metodologia-investigacion/numero-necesario-pacientes-tratar-para-reducir-evento/) consideran que la bondad de un tratamiento no se ha de describir mediante RRR sino mediante medidas «absolutas» como la reducción absoluta del riesgo (RAR) o el NNT, porque así se tiene en cuenta el riesgo basal. En este caso, en los hombres la RAR es de 4 puntos porcentuales (de 8% a 4%) y en mujeres de 5 puntos porcentuales (de 10% a 5%). El NNT es el inverso de la RAR. Si consideramos que el tratamiento es más eficaz cuanto menos pacientes tengamos que tratar para evitar una muerte adicional, será más eficaz cuanto mayor sea el RAR y por lo tanto en las mujeres. (Si queréis hacer las cuentas, el NNT para hombres será 1/0.04=25 y para mujeres 1/0.05=20, però no son necesarias).

Pero esto no refiere a la definición de eficacia, sino simplemente a cómo trasmitirla. En cuanto a capacidad de evitar muertes, el tratamiento demostró en los dos grupos la misma: evitó una de cada dos muertes.

AYUDA Presentación de impugnaciones a las Preguntas de los Cuestionarios de Examen

En la presente convocatoria de pruebas selectivas, la forma de presentación de las impugnaciones a las preguntas de los diferentes exámenes, se hará en soporte electrónico.

En la dirección https://fse.mscbs.gob.es/fseweb/view/index.xhtml, en Convocatoria actual, encontrarás una opción de menú denominada “Presentación de Impugnaciones”.

Debes identificar la pregunta que impugnas, con el número que le corresponde en la Versión “0” de examen.

Una vez autenticado en el sistema, se abrirá una nueva pantalla que le oferta las posibilidades de “Añadir impugnación”; “Modificar”; “Eliminar” e “Imprimir”.

Si no has hecho impugnaciones previas o has elegido la opción de añadir nueva impugnación, el sistema te abrirá nueva pantalla en la que podrás hacer la impugnación propiamente dicha, siendo obligatoria la
cumplimentación de los campos marcados con asterisco *.

Una vez cumplimentado el contenido en el que debes incluir, al menos, una referencia bibliográfica, y antes de adjuntar documentos, ES IMPRESCINDIBLE HACER CLICK EN “Enviar formulario”. Una vez
enviado el formulario, la pantalla te mostrará el mensaje “La Impugnación a la Pregunta X ha sido enviada correctamente” y este mismo mensaje te llegará también a tu dirección de correo electrónico.

Además, se le habilitará automáticamente la opción de “Imprimir”.

A partir de ese momento, ya puedes enviar el archivo pdf que desees adjuntar a la referencia bibliográfica de la impugnación. Para ello, seleccionarás la referencia bibliográfica que desees y harás click sobre el
botón “Adjuntar/Ver documento” y se te abrirá la siguiente pantalla y podrás insertar el fichero pdf (que no podrá superar 256KB). Una vez insertado, harás click en el botón “Aceptar” y podrás ver en la pantalla, como en la sexta columna de la referencia bibliográfica cuyo título es “Fichero Adjunto”, aparece la leyenda SI, no siendo necesario volver a enviar el formulario porque queda automáticamente vinculado el documento pdf a la impugnación tramitada.
En cualquier momento podrás consultar, cambiar o eliminar el documento pdf adjuntado a alguna referencia bibliográfica. Para ello, deberás seleccionar la referencia bibliográfica, hacer click en el botón
“Adjuntar/Ver documento” y en ese momento el sistema te mostrará las tres opciones.


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OS PEDIMOS DESDE AQUÍ LA MÁXIMA DIFUSIÓN A LA INICIATIVA PARA QUE LLEGUE AL MÁXIMO DE OPOSITORES MIR PRESENTES Y FUTUROS PARA QUE LES SEA DE AYUDA.

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