No será preciso presentar fotocopia compulsada del documento
acreditativo de los méritos del doctorado, cuando se trate de aspirantes
que hayan obtenido número de orden en las relaciones definitivas
de resultados correspondientes a las convocatorias 2004/2005,
2005/2006 y 2006/2007, y hayan presentado tal documentación,
salvo que el interesado desee acreditar nuevos méritos (tesis doctoral).