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Publicado BOE convocatoria MIR 2012/2013

Sin perjuicio de lo previsto en el apartado tercero de esta orden respecto a los procesos de desacreditación de plazas, esta oferta se refiere al número máximo de plazas a adjudicar en la convocatoria 2012/2013, en los términos que se contienen en los cuadros números 1 y 3 del citado anexo, distribuidas de la siguiente forma:
1. Medicina: 6.389 plazas de formación medica especializada correspondientes a los siguientes grupos de especialidades:
A) 6.240 plazas de las especialidades médicas relacionadas en los apartados 1 y 5 del anexo I del Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, por el que se determinan y clasifican las especialidades en Ciencias de la Salud y se desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanitaria especializada, en las que la formación se
impartirá por el sistema de residencia, que se distribuirán por sectores de la siguiente forma:
a) Sector público: 6.174 plazas de formación, distribuidas por comunidades autónomas en los centros y unidades docentes que se indican en los cuadros 4 al 11 del anexo I de esta Orden.
Dicha distribución incluye plazas en formación de especialidades en ciencias de la salud en unidades docentes de carácter multiprofesional como consecuencia de la constitución progresiva de dichas unidades, según lo previsto en el artículo 7.2 en relación con el anexo II del Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero.
b) Sector privado: 66 plazas de formación en centros docentes de titularidad privada, de las que 21 se adjudicarán por igual procedimiento que las del sector público y 45 que se podrán adjudicar a los seleccionados en estas pruebas selectivas que hayan obtenido un número de orden igual o menor al total de las plazas convocadas para esta titulación
en el grupo integrado por las plazas que se adjudican por el sistema público, siempre que presenten en el momento de solicitar su asignación, la conformidad expresa del centro y hayan obtenido puntuación suficiente en el ejercicio para acceder a plaza en formación.

B) 149 plazas para especialidades médicas, en las que la formación se recibirá como alumno de las Escuelas Profesionales de Especialización Médica de la correspondiente Universidad, según se cita en el cuadro número 3 del anexo I.
C) Del total de plazas ofertadas para los graduados/licenciados universitarios del ámbito de la medicina, según lo previsto en las anteriores letras A) y B), 447 plazas podrán ser cubiertas en esta convocatoria por el turno de personas con discapacidad por el procedimiento regulado en las bases aplicables a este proceso selectivo a las que se refiere el apartado cinco de esta orden de convocatoria.

 

El número de plazas que pueden ser cubiertas con personas con discapacidad de las distintas titulaciones, según se indica en los anteriores apartados 1.C); 2C); 3; 4.c); 6.c) y 7, se corresponde con el 7 % de la totalidad de las plazas ofertadas en esta convocatoria, en los términos exigidos en el artículo 22.3 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, en la redacción dada al mismo por el artículo 10 de la Ley 26/2011, de 1 de agosto, de adaptación normativa a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

 

fuente

http://www.boe.es/boe/dias/2012/09/22/pdfs/BOE-A-2012-11914.pdf

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