El Consejo de Estado no ve novedad en la normativa del máster de Medicina

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El Consejo de Estado ha publicado el dictamen sobre el Real Decreto que otorga al Grado de Medicina el nivel de máster, aprobado en la última reunión del Consejo de Ministros. Los juristas han valorado favorablemente la normativa; sin embargo, señala que “no entraña novedad alguna en el ordenamiento.”

Las titulaciones específicas de Grado que ahora se pretende incluir en el nivel 3 (máster) del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (Meces), como Medicina, “ya aparecen contempladas en nuestro ordenamiento en materia de doctorado”, según argumenta el Consejo de Estado. De este modo, el Real Decreto de 2011 sobre el doctorado, permite el acceso a estos estudios tanto a aquellos alumnos que hayan superado al menos 300 créditos ECTS y 60 de nivel de Máster en el conjunto de sus estudios, como a aquellos que hayan superado Grados de al menos 300 créditos ECTS (previa superación en su caso de unos complementos de formación).

Aunque en este aspecto del doctorado el nuevo Real Decreto no es novedoso, sí que “supone una innovación en el régimen del Meces”-añade el Consejo de Estado-, porque regula el proceso de adscripción a su nivel 3 de aquellas titulaciones que reúnan características específicas por exigencias de la Unión Europea. Se facilita así la movilidad de los egresados de universidad españolas en este tipo de Grados en el Espacio Europeo de Educación Superior y en el mercado laboral internacional.

El Consejo de Estado destaca las piedras en el camino que se ha encontrado este proyecto a lo largo de su tramitación. Recuerda que en 2012 la Red de Agencias de Calidad Universitaria (Reacu) emitió un informe desfavorable al proyecto porque en ese momento entendía que un mismo paquete formativo no podía conducir a la obtención de dos títulos distintos (Grado y máster) y que se necesitaban dos trabajos fin de titulación para acceder a las dos titulaciones. Entonces se propuso que la mejor opción consistía en reconocer que el vigente Grado de Medicina tiene, a efectos de cualificación profesional, el nivel de formación propio de los máster.

A partir de la publicación en el Boletín Oficial del Estado del proyecto, las universidades que pretendan la adscripción de sus títulos deberán presentar la correspondiente solicitud al Consejo de Universidades a través de la Secretaría de dicho Órgano para su tramitación. El Consejo de Universidades adoptará en el plazo de seis meses la oportuna resolución tras la comprobación del cumplimiento de las condiciones requeridas, previo informe favorable de la Aneca o de las agencias autonómicas con competencia. Una vez obtenida la adscripción al nivel 3 del Meces, tendrá efectos para todos los graduados de la titulación con el plan de estudios evaluado, con independencia de la fecha de terminación de sus estudios

fuente

http://www.redaccionmedica.com/

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